La norma recomienda que las compañías de medicina prepagada sean reguladas por la autoridad sanitaria y por la Superintendencia de Compañías. El objetivo es evitar las estafas a los usuarios.
Las compañías privadas que ofertan seguros médicos y medicina prepagada no podrán excluir de sus planes de salud a los adultos mayores; ni restringir la cobertura en caso de enfermedades preexistentes, catastróficas o discapacidades.
Esa es una de las nuevas disposiciones que plantea la Ley Orgánica de Medicina Prepagada que está en segundo debate en la Asamblea Nacional.
“A las personas que pasan los 65 años no se les puede negar la cobertura por preexistencia. Deben darme un plan que cubra mi enfermedad”, expresó la asambleísta Pamela Falconí .
La legisladora recordó que la atención para este tipo de enfermedades ya constaba en la Ley de 1998, que regula el funcionamiento de las empresas de medicina prepagada.
Otra disposición de esta ley, cuya votación definitiva está en espera, separa el aspecto de salud (que será regulado por la autoridad sanitaria) y el aspecto societario y financiero (que será reglamentado por la Superintendencia de Compañías).
El objetivo -según Cecilia Acuña, delegada de la Organización Panamericana de la Salud (OPS)- es evitar que en Ecuador ocurran estafas (como en Chile y Colombia).
“Quebraron las empresas de medicina prepagada y los ciudadanos resultaron estafados”. Ella participó en el segundo debate de la propuesta. “Es importante que exista esta separación entre lo económico y el fin primario de estas empresas (que es el servicio de salud). Solo la autoridad sanitaria es la que puede controlar y regular que el plan ofrecido se cumpla”.
La funcionaria, además, recordó que en Estados Unidos (antes de la ley Obama) las personas que tenían seguros privados de salud que no eran regulados gastaban un 46% más en prestaciones de salud adicionales y 45% más en medicamentos. Por su parte, la asambleísta Falconí añadió que es necesario establecer la prohibición de que las empresas que oferten medicina prepagada y seguro de salud también manejen otro tipo de negocios. “El objeto social debe establecer que solo manejen medicina prepagada, que cubran salud, para que no tengan otras inversiones que salen del control de las autoridades y se convierten en procesos de estafa”.
En el proyecto de ley también se establece un mínimo de servicios que deben ofertar las empresas a sus usuarios; y se debe incluir, por ejemplo, la atención primaria de salud. Asimismo, “la atención secundaria, que cubre todo lo que corresponde a atención hospitalaria completa, alimentación, prótesis; y la terciaria, que es la rehabilitación del paciente donde van las ayudas técnicas, terapias o lo que requiera”.
En ese mismo articulado se hace referencia a la cobertura integral que se tiene que dar en la atención oncológica, en la que se debe incluir obligatoriamente la cirugía reconstructiva y rehabilitación, de acuerdo al plan contratado. Por su parte, legisladora Marisol Peñafiel sugiere que en los planes de servicios por maternidad se deberían incluir los partos por cesárea y cualquier tipo de complicación adicional que ocurra y sin costo extra.
Fuente: El Telégrafo - 27(07/2016.
http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/sociedad/4/tercera-edad-se-prioriza-en-proyecto-de-ley