Informaciones

Cuba: Ponderar lo justo en la protección de los adultos mayores

Miércoles, 30 de Mayo de 2018
Políticas y Derechos

La protección de los intereses y derechos de los adultos mayores, tomando en cuenta la tendencia creciente del envejecimiento poblacional y su impacto en la sociedad cubana, fue uno de los temas abordados con profundidad en las sesiones del IX Encuentro Internacional Justicia y Derecho 2018, que concluyó este viernes en el capitalino Palacio de Convenciones.

El análisis, que abrió con la intervención de la notaria espirituana Nidia Pentón Díaz, llamó la atención sobre la ausencia de una legislación sustantiva especial, a diferencia de varios países de América Latina, que proteja al adulto mayor en su integridad y, especialmente, su patrimonio.

La ponente aseguró que «la dispersión normativa presente en la legislación laboral, de asistencia social y de salud, evidencia la necesidad de atemperar lo dispuesto a las normas que sigue el Derecho moderno y a la realidad cubana actual».

Al respecto, la doctora Ana María Álvarez-Tabío Albo, profesora de Derecho de Familia de la Universidad de La Habana, significó a Granma que «el mayor problema en materia de protección a las personas de la tercera edad, desde el punto de vista jurídico, es que los mecanismos de protección no están adaptados a las situaciones específicas que presentan los adultos mayores».

El Código de Familia, apuntó, «solo prevé como protección la tutela, que suele emplearse, en este caso, para las personas que han sido declaradas judicialmente incapaces. Entonces se le coloca la figura del tutor para proteger al sujeto incapaz, sus bienes y representarlo.

«Sin embargo, hay situaciones de discapacidad, cosa distinta a la incapacidad, que precisan el diseño de figuras para cubrir esos espacios donde la persona no puede hacer valer su voluntad. Tal es el caso del curador, guardador o el acogimiento familiar, figuras que no están contempladas hoy en la legislación cubana, si bien resultan comunes en la realidad social».

A ello se une, en palabras de Álvarez-Tabío Albo, el uso insuficiente, por parte de los operadores del Derecho, de los mecanismos de apoyo que prevé la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuyos principios son de obligatorio cumplimiento.

La opinión de Ranulfo Antonio Andux Alfonso, presidente de la Sala de lo Civil y Administrativo del Tribunal Supremo Popular, subraya, en cambio, que «cada vez es más frecuente el uso de los fundamentos de la Convención en las decisiones judiciales. Hay un trecho por andar, pero se avanza en función de una mayor tutela judicial».

En medio del vacío legislativo descrito, el debate no pasó por alto las medidas implementadas en el país, como parte de la política del Estado para acompañar el envejecimiento poblacional, y que abarcan desde las inversiones en hogares de ancianos hasta los gastos crecientes de seguridad social.

También se abundó en el papel de la Fiscalía General como salvaguarda de la legalidad y en particular de los derechos de los adultos mayores.

Yudy Castro Morales
Granma, 25 de mayo de 2018.

http://www.granma.cu/cuba/2018-05-25/ponderar-lo-justo-en-la-proteccion-de-los-adultos-mayores-25-05-2018-22-05-52