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Guatemala: PDH monitorea Programa del Aporte Económico del Adulto Mayor

Viernes, 25 de Febrero de 2022
Políticas y Derechos

Defensoría de las Personas Mayores de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), realizó monitoreo al Programa del Aporte Económico del Adulto Mayor del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con el objetivo de determinar la cantidad de solicitudes emitidas con resoluciones positivas y negativas, asimismo verificar la cantidad de estudios socioeconómicos que han realizado y cuántos están pendientes de llevar a cabo.

Hallazgos:

Programa del Aporte Económico del Adulto Mayor

-    El presupuesto asignado al Programa del Aporte Económico del Adulto Mayor, para el año 2021 fue de Q 550,000.00, de dicha cantidad al mes de noviembre se había ejecutado el 94 %. Para el año 2022 fue incrementado el presupuesto, aumentándole la cantidad de Q 170,000.00.

-    El total de personas beneficiarias del Programa corresponde a 108,096, de ellas 59,184 son mujeres y 48,912 son hombres.

-    El departamento de Guatemala tiene mayor número de personas beneficiarias (11170), seguido del departamento de Huehuetenango (7231), Chimaltenango ocupa el tercer lugar (7134), seguido de Alta Verapaz (6936) y San Marcos (6435). Los departamentos con menor número de personas beneficiarias son Jalapa (3124), Chiquimula (3097), Izabal (2976), Totonicapán (2793) y El Progreso (2761). (Se adjunta gráfica en anexos.)

-    Se refirió que el área jurídica ha dado seguimiento a una denuncia en el municipio de Sumpango Sacatepéquez, sobre terceras personas que han requerido cobro a personas mayores para realizar trámites de solicitud de dicho beneficio.

-    Se indicó que no cuentan con registro de asociaciones que tengan como objetivo apoyar a personas mayores en sus trámites ante el Programa, pues únicamente trabajan en conjunto con municipalidades y no asociaciones.

-    Para la realización de visitas de trabajo social, priorizan las mismas según proyección de población y pobreza, el año pasado se trabajó con lugares de menor cobertura del Programa y mayor pobreza, así como el área denominada corredor seco.

Se obtuvo información a través de la Unidad de información pública del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, respecto a cantidad de resoluciones positivas emitidas del Programa, del año 2018 al 2021. Se establece que en el año 2021 emitieron resoluciones de solicitudes de años 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, la cantidad más alta de resoluciones durante el año 2021 corresponde a 1938 solicitudes del año 2020.

-    En los años 2018, 2019 y 2020 también se emitieron resoluciones de solicitudes desde el año 2006 y consiguientes años, generalmente uno o dos años después de la resolución ingresan a la nómina del Programa.

-    No tiene conocimiento de denuncias por escrito de terceras personas que cobren a las personas mayores para realizar trámites de solicitud de beneficio o bien cuando ya les ha salido resolución positiva, únicamente ha escuchado rumores acerca de que hay una asociación o líderes comunitarios que realizan dichas actividades. Indicó que en el departamento de Quetzaltenango un delegado estuvo involucrado en un caso de estos y lo despidieron.

-    No cuenta con registro de asociaciones que tengan como objetivo apoyar a personas mayores en sus trámites ante el Programa. Indica que el Ministerio de Trabajo ha emitido comunicados indicando que todas las gestiones ante el Programa son gratuitas.

-    No se indicó la cantidad de visitas domiciliarias que se realizaron para elaboración del estudio socioeconómico durante el año 2021.

Tiene entendido que de la asesoría del despacho ministerial, trasladan listado con datos de las personas a quienes se debe visitar para realizar el estudio socioeconómico, manifestó que, anteriormente se priorizaban solicitudes de años anteriores, no obstante, en la actualidad están priorizando solicitudes del año 2021 y las solicitudes de años pasados se están quedando rezagadas. Tiene conocimiento que se tiene comunicación directamente con personal de las municipalidades, no así con el delegado del Programa en cada departamento.

-    Los departamentos y municipios que durante el año 2021 fueron tomados en cuenta para visita de trabajo social son: Chiquimula, Zacapa, Suchitepéquez, Chimaltenango, Sacatepéquez y San Marcos.

En relación al formato de estudio socioeconómico, tiene conocimiento que el mismo está en proceso de cambio y sería similar a una encuesta.

Conclusiones:

-    Los departamentos con mayor número de personas beneficiarias del Programa, contrasta con los departamentos que reflejan mayor índice de extrema pobreza según Encuesta Nacional de Condiciones de Vida 2014 del Instituto Nacional de Estadística, en la cual los departamentos con mayor incidencia de pobreza extrema son: Alta Verapaz, Quiché, Totonicapán, Chiquimula y Sololá. Lo cual es preocupante, toda vez que el Programa está dirigido principalmente a personas que carecen de recursos económicos y están en pobreza extrema.

-    Únicamente dan seguimiento a una denuncia por motivo de que personas ajenas al Programa han requerido cobro a personas mayores para los trámites respectivos.

-    Se evidencia que en algunos casos el trámite para optar al beneficio del Programa demora hasta 15 años, por lo que se concluye que el Programa del Aporte Económico del Adulto Mayor no brinda trato preferencial a las personas mayores, toda vez que las personas no reciben una pronta respuesta a sus solicitudes.

-    La información brindada por la jefa del Programa y la Jefa del área de Trabajo Social no concuerda en cuanto a cómo deciden a que departamentos y municipios les realizan visita de trabajo social para elaboración del estudio socioeconómico respectivo.

-    Existe un rezago en realización de visitas domiciliares para elaboración de estudio socioeconómico, según lo manifestado por la jefa del área de trabajo social, se prioriza el año 2021, quedándose las solicitudes de años atrás rezagadas, lo cual es preocupante si se toma en cuenta que las personas mayores tienen menor esperanza de vida, es por ello que sus solicitudes deben ser atendidas de forma prioritaria y con celeridad.

Recomendaciones:


Jefa del Programa del Aporte Económico del Adulto Mayor

-    Realizar acciones pertinentes a manera de que la cobertura del Programa tenga mayor alcance en los departamentos con incidencia de pobreza extrema, según estadísticas del Instituto Nacional de Estadística.

-    Continuar con el seguimiento y debido proceso en relación a denuncias de terceras personas que cobran por realizar trámites en el Programa, a efecto de que estas prácticas sean contrarrestadas y realizar campañas de divulgación de información sobre la gratuidad en los trámites del Programa.

-    Se realicen las acciones pertinentes para la agilización del trámite respectivo para optar al beneficio del Programa, a efecto que las personas mayores que presenten solicitud tengan una respuesta pronta y se garantice su derecho a una atención preferencial.

-    Armonizar criterios con Jefatura de área de trabajo social respecto a realización de visitas domiciliarias para elaboración del estudio socioeconómico, tomando en cuenta principalmente la finalidad del Programa y año de presentación de solicitud.

-    Solicitar los recursos necesarios para realizar las visitas domiciliares para la elaboración del estudio socioeconómico de forma prioritaria y con celeridad.

Viceministra de Trabajo y Previsión Social

-    Instruir para que se realice una revisión de las solicitudes pendientes de resolver, y tomar de manera prioritaria las de las personas mayores que residen en los departamentos con incidencia de pobreza extrema, según estadísticas del Instituto Nacional de Estadística.

-    Promover las acciones que correspondan para que se cumpla con lo establecido en el artículo 28 de la Constitución Política de la República, mismo que refiere que en materia administrativa para resolver las peticiones y notificar las resoluciones no podrá excederse de treinta días, asimismo cumplir con lo normado en el Decreto 80-96, Ley de Protección para las Personas de la Tercera Edad, en cuanto que deben tener un trato preferencial en instituciones públicas y privadas.

Guatemala, 17 de febrero de 2022.

Ver informe aprobado en PDF


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