Ecuador: Personas adultas mayores cuentan con nuevo marco legal

Martes, 24 de Julio de 2018

Canal: PolĂ­ticas y Derechos

Con 115 votos afirmativos y unánimes, la Asamblea Nacional, aprobó en segundo debate el proyecto de Ley de las Personas Adultas Mayores, para promover, regular y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos fundamentales de las personas adultas mayores, en el marco del principio de atención prioritaria y especializada, según consta en la Constitución de la República, los instrumentos internacionales y leyes conexas, con un enfoque de género, generacional e intercultural.

“Las personas adultas mayores son un grupo de atención prioritaria, a la que el Estado debe garantizar la protección integral de sus derechos”, aseguró Berenice Cordero, ministra del MIES y presidenta del CNII durante su intervención, que explicó cómo esta nueva ley debe adoptar el enfoque de derechos humanos y estar acorde con el desarrollo jurídico e institucional, tanto del derecho internacional y la Constitución.

En la jornada se expresó en que debe hacerse un seguimiento al cumplimiento de esta ley para que no quede en “letra muerta” y así exista un real goce de los derechos de este grupo de atención prioritaria. La Ley destaca:

- Exoneración del 50% de las tarifas de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial y de las entradas a los espectáculos públicos, culturales, deportivos, artísticos, paquetes turísticos y recreacionales, teniendo acceso gratuito a los museos.

- Se exonera el 50% del valor de consumo de energía eléctrica, de agua potable y teléfono de igual forma a las instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores e instituciones gerontológicas

- Todos los adultos mayores están exonerados del pago de impuestos fiscales, tasas y contribuciones especiales de mejoras (siempre que su ingreso no supere de hasta $ 1930 o un patrimonio que no supere los $ 193.000).

- Se establece un Registro Nacional Personas adultas mayores que tendrá información sobre su condición social económica, situación de discapacidad, vivienda, condiciones de entorno familiar entre otros.

- Se establece la interconexión de bases de datos de las entidades públicas y privadas dedicadas a la atención de adultos mayores, que coadyuvará a la actualización de información y simplificación de procesos.

- Se establecen diversas modalidades para la atención integral: Centros Gerontológicos Residenciales y de Atención Diurna; Espacios de Socialización y de encuentro; Atención Domiciliaria; Centros de Acogida.

En el debate se mencionó que la actual Ley del Anciano no está debidamente articulada con la Constitución de 2008, que garantiza la eliminación de toda forma de violencia, abandono, discriminación u odio, por condición de edad. Se recalca el principio de corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad en la atención integral a los adultos mayores, para lograr la inclusión de las personas adultas mayores.

De esta manera el Estado se encargará de elaborar y ejecutar políticas públicas, planes y programas, que se articulen al Plan Nacional de Desarrollo, enmarcados en la garantía de los derechos de las personas adultas mayores. Por parte de la sociedad, deberá respetar los derechos de las personas adultas mayores, dar un trato preferente, interponer acciones correspondientes ante las autoridades competentes y actuar de manera inmediata frente a situaciones de vulnerabilidad.

Fuente: Consejo de Igualdad Intergeneracional - 19/07/2018.
https://www.igualdad.gob.ec/personas-adultas-mayores-cuentan-con-nuevo-marco-legal/