El Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala Jordán Rodas Andrade, ante las restricciones de locomoción a personas mayores contenidas en las Disposiciones presidenciales en el caso de calamidad pública
Recuerda:
Las personas mayores, son un grupo poblacional identificado con un grado mayor de vulnerabilidad en el contexto de la pandemia COVID-19 por las posibles patologías de enfermedades crónicas que les aquejan, tales como hipertensión, problemas cardíacos o diabetes, el mismo proceso de envejecimiento que debilita la capacidad de defensa ante cualquier enfermedad, siendo vital que para resguardar su integridad y evitar exponerse a contagio, se guarden las medidas de distanciamiento social necesarias.
El Gobierno de Guatemala en la cláusula novena, de las Disposiciones presidenciales en caso de calamidad pública y órdenes para el estricto cumplimiento, del 12 de abril de 2020, relativas a la seguridad de la salud pública y las correspondientes restricciones y limitaciones de locomoción, en el numeral 3), entre otros grupos, hace referencia a la restricción a la locomoción de las personas mayores de 60 años en los mercados y los comercios que tienen permitido operar.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la Resolución No. 1/2020, Pandemia y Derechos Humanos en las Américas, refiere que se deben tomar en cuenta en la adopción de medidas necesarias, enfoques diferenciados para que se puedan garantizar los derechos de los grupos en situación especial de vulnerabilidad, específicamente en las relacionadas con medidas de atención, tratamiento y contención de la pandemia, agregando que también se deben aminorar los impactos diferenciados que las mismas puedan generar.
Manifiesta:
Su preocupación debido a la alta vulnerabilidad de las personas mayores ante el COVID-19, pero también ante otros fenómenos que ponen en riesgo su vida e integridad, como el hambre y la pobreza. Se asume que todas las personas mayores viven rodeadas de un grupo familiar, lo cual no siempre es así, una gran cantidad de personas mayores viven solas o en condiciones en las que no cuentan con un apoyo inmediato de familiares o amigos.
Desde un enfoque de interseccionalidad, es fundamental tomar en cuenta que no todas las personas mayores tienen las mismas necesidades, ni las mismas condiciones, por lo cual es vital considerar estas diferencias para evitar vulnerar los derechos y libertades fundamentales que les asisten.
Que ante la situación que se está viviendo y las medidas adoptadas respecto a la locomoción de las personas mayores, es perentorio generar las condiciones para que las personas mayores estén protegidas contra el COVID-19, pero a la vez puedan ejercer sus derechos fundamentales, evitando que las disposiciones gubernamentales puedan tener un impacto negativo y diferenciado sobre las personas mayores que viven sin el apoyo inmediato de un núcleo familiar o fraterno o en condiciones de pobreza o pobreza extrema que haga imperiosa la necesidad de las personas de salir a espacios públicos.
Recomienda:
Al presidente de la República de Guatemala y su equipo de trabajo:
- Garantizar que, en las disposiciones gubernamentales en el marco del estado de calamidad pública, se observe un enfoque de interseccionalidad de sectores en condición de vulnerabilidad, considerando las distintas realidades de los sectores poblacionales en Guatemala; de manera que las medidas no tengan un impacto desmedido en las personas mayores que viven en pobreza, pobreza extrema o sin el apoyo de un núcleo familiar.
- Exceptuar la restricción de locomoción para las personas mayores, por razones de necesidad.
- Fortalecer e informar ampliamente sobre los programas de apoyo a personas mayores y crear otros que les proporcionen alternativas para que aquellas que no cuenten con un núcleo familiar de apoyo o se encuentren en pobreza puedan tener acceso a insumos de primera necesidad y medicamentos, sin salir de su vivienda, para el aseguramiento de sus necesidades básicas.
Al Ministerio de Gobernación y Policía Nacional Civil:
- Instruir a todas y todos los agentes policiales para brindar ayuda a las personas mayores que se encuentren en espacios públicos, a través de la orientación y respeto a sus derechos humanos fundamentales.
Fuente: PDH - 14/04/2020
https://www.pdh.org.gt/59-20-el-procurador-de-los-derechos-humanos-de-guatemala-jordan-rodas-andrade-ante-las-restricciones-de-locomocion-a-personas-mayores-contenidas-en-las-disposiciones-presidenciales-en-el-caso-de-cala/